El Ministerio De Telecomunicaciones Y Comunicaciones Publicó Para Su Discusión El Proyecto De Ley Sobre El Perfil Digital De Los Ciudadanos Y Las Personas Jurídicas - Vista

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El Ministerio De Telecomunicaciones Y Comunicaciones Publicó Para Su Discusión El Proyecto De Ley Sobre El Perfil Digital De Los Ciudadanos Y Las Personas Jurídicas - Vista
El Ministerio De Telecomunicaciones Y Comunicaciones Publicó Para Su Discusión El Proyecto De Ley Sobre El Perfil Digital De Los Ciudadanos Y Las Personas Jurídicas - Vista

Vídeo: El Ministerio De Telecomunicaciones Y Comunicaciones Publicó Para Su Discusión El Proyecto De Ley Sobre El Perfil Digital De Los Ciudadanos Y Las Personas Jurídicas - Vista

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Anonim

El lunes se publicó para comentario público un proyecto de ley de enmiendas a ciertos actos legislativos (en términos de aclaración de los procedimientos de identificación y autenticación), que introduce el concepto de perfil digital de ciudadano y persona jurídica.

Recordemos que anteriormente el Ministerio de Telecomunicaciones y Comunicaciones Masivas ya publicó un aviso del inicio del desarrollo de un anteproyecto de ley, cuya principal tarea es “establecer las reglas y enfoques básicos para regular los temas de identificación y autenticación remota de personas, lo cual es de carácter jurídicamente significativo y genera inequívocamente consecuencias jurídicas, si se desarrollan relaciones jurídicas en los ámbitos, no relacionado con la prestación de servicios públicos y la implementación de funciones públicas”. El plazo de entrada en vigor del documento, según el plan del Ministerio de Telecomunicaciones y Comunicaciones Masivas - julio de 2019.

El nuevo documento se ha publicado independientemente del anterior, no se ha indicado la fecha prevista de entrada en vigor.

El nuevo documento propone proporcionar las siguientes definiciones:

  • identificador es una designación única de información sobre una persona, que es necesaria para identificar a dicha persona mediante el uso de métodos técnicos y (o) tecnológicos;
  • identificación, autenticación facial: un conjunto de medidas para establecer identificadores y (o) información sobre una persona, comparar esta información con un identificador o verificar esta información, así como verificar que una persona pertenezca a un identificador de persona (identificadores) comparando el identificador (identificadores) con la información disponible sobre la persona, y estableciendo la validez del uso por parte de la persona del identificador (identificadores) realizado de conformidad con esta Ley Federal, otras leyes federales adoptadas de conformidad con ellas mediante actos legales reglamentarios o por acuerdo de las partes, como resultado de lo cual la persona se considera establecida ".

Se propone introducir un artículo con el siguiente contenido en la ley “Sobre información, tecnologías de la información y protección de la información”:

Perfil digital

1. Un perfil digital es una recopilación de información sobre ciudadanos y personas jurídicas contenida en los sistemas de información de los órganos y organizaciones estatales que ejercen determinados poderes públicos de acuerdo con las leyes federales, así como en un sistema unificado de identificación y autenticación.

La infraestructura de un perfil digital es un conjunto de sistemas de información en un único sistema de identificación y autenticación que brindan acceso a un perfil digital.

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2. Se crea la infraestructura del perfil digital para el intercambio de información en formato electrónico entre individuos, organizaciones, organismos estatales, gobiernos locales.

3. Con la ayuda de la infraestructura de perfiles digitales, entre otras cosas, se proporciona:

1) identificación y autenticación de personas físicas y jurídicas;

2) el acceso al perfil digital y la provisión de información incluida en el perfil digital en formato electrónico a personas físicas y jurídicas;

3) suministro y actualización, a solicitud de organismos estatales, organismos locales de autogobierno, organizaciones que ejercen determinados poderes públicos de conformidad con las leyes federales y otras organizaciones, de información sobre una persona física o jurídica contenida en un perfil digital, incluida la información contenida en los sistemas de información estatales, sistemas de información de organizaciones que ejercen determinados poderes públicos de conformidad con las leyes federales;

4) obtener y revocar el consentimiento para el procesamiento de datos personales de ciudadanos e información sobre personas jurídicas en los casos que involucren la recepción de información sobre un ciudadano o persona jurídica que utilice la infraestructura del perfil digital;

5) brindar información para la formación de solicitudes de servicios estatales y municipales o el desempeño de funciones estatales y municipales;

6) almacenamiento de información sobre ciudadanos y entidades legales, incluidos los resultados de la prestación de servicios estatales y municipales en formato electrónico, en la forma establecida por el Gobierno de la Federación de Rusia.

El proyecto de ley también detalla el procedimiento para identificar y autenticar a una persona.

Ver texto completo aquí

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